Mónica Caballero y Francisco Solar
quedarán en libertad durante los próximos días, después de que la
sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional (AN)
española –la misma que les condenó– acordara sustituir el año y tres
meses de pena de prisión que les quedaba por cumplir por su expulsión
del Estado español.
Mónica y Francisco están en las
prisiones de Estremera y Villabona, centros desde dónde serán
directamente trasladadas al Aeropuerto de Barajas para hacer efectivo el
decreto de expulsión en Chile
Caballero recibió la noticia en la
prisión de Estremera y Solar en la de Villabona, centros desde dónde
serán directamente trasladadas al Aeropuerto de Barajas una vez la
policía encargada de extranjería haga efectiva de oficio la ejecución
del decreto de expulsión a Chile, estado de dónde son originarios.
Tienen un plazo de un mes pero según uno de los abogados de la defensa,
José Luís Galán, “la medida no tendría que tardar más de una semana en
aplicarse”.
Una vez suban al avión, Mónica y
Francisco quedarán en libertad y no podrán volver al Estado español por
un periodo de ocho años. Este hecho se produce gracias al hecho que las
defensas de los chilenos invocaron al artículo 89 del Código Penal, que
permite que las penas de más de un año de prisión contra personas sin
nacionalidad española se puedan sustituir por la expulsión del país. En
casos como este, donde se considera que la gravedad de los delitos es
mayor, la justicia requiere que las condenadas hayan cumplido dos
tercios de la pena para permitir la aplicación de esta medida.
El 13 de noviembre del año 2013, Mónica
Caballero y Francisco Solar fueron detenidas junto con tres personas más
en la ciudad de Barcelona. La operación la ordenaba la Audiencia
Nacional (AN) española y estaba coordinada por la Comisaría General de
Información del Cuerpo Nacional de Policía, que perseguían con sus
investigaciones a las presuntas responsables de la colocación de dos
artefactos explosivos: uno fallido en la Catedral de Almudena de Madrid y
otro en la Basílica del Pilar de Zaragoza.
Mónica y Francisco fueron encarceladas
preventivamente, mientras que el resto de las detenidas quedaron en
libertad. Las dos activistas anarquistas de origen chileno fueron
dispersadas a diferentes prisiones del Estado español, vieron como les
restringían las comunicaciones y como eran confinadas en el régimen
FIES, de máximo control y vigilancia penitenciaria.
Pasado el periodo de dos años en prisión
preventiva, la AN decidió ampliar en dos años más su situación de
excepcionalidad –encarceladas sin juicio– el 30 de octubre de 2015,
justo dos días después de la segunda fase de la Operación Pandora. Esta
coincidencia es relevante por el hecho que durante el juicio de Mónica y
Francisco los informes policiales y la fiscalía abonaron la tesis de la
existencia de una organización informal anarquista con supuestas
“finalidades terroristas” llamada GAC/FAI/FRI. Según la policía, las
detenidas en las operaciones Piñata, y andora I y II también formarían
parte de este entramado que finalmente los mismos tribunales
consideraron ficticio.
El juicio contra las dos anarquistas se
celebró finalmente entre los días 8 y 10 de marzo de 2016 a las nuevas
instalaciones de la AN en San Fernando de Henares (Madrid). La fiscalía,
representada por Teresa Sandoval, pedía por las activistas una condena
de 44 años de prisión por los delitos de pertenencia a organización
criminal con finalidades terroristas, estragos, lesiones y conspiración
para la comisión de otro delito de estragos terroristas, este último
motivado por la sospecha policial que preparaban una acción contra el
Monasterio de Montserrat.
La sección cuarta de la sala de lo
penal, presidida por la polémica magistrada Ángela Murillo, desestimó
finalmente la tesis de la organización terrorista, que podría haber
condicionado negativamente el desarrollo procesal de las encausadas por
las operaciones Pandora y Piñata. Aun así, la defensa de las anarquistas
denunció la “parcialidad de la investigación policial y el
procedimiento judicial” y criticó duramente en sede judicial los
informes policiales y la cobertura mediática, los cuales a su entender
“vulneraban la presunción de inocencia” de las acusadas.
A pesar de que la acusación particular
rebajó su petición de penas y que Mónica y Francisco negaron todas las
acusaciones menos la de ser militantes anarquistas, las dos fueron
condenadas a 12 años de prisión: cinco años por un delito consumado de
lesiones terroristas y siete años más por otro de daños terroristas
consumados, además de la interposición de una indemnización de 22.775
euros a la persona herida en el oído por la explosión del Pilar, de
182.601,75 euros al Cabildo de Zaragoza, institución que se hizo cargo
económicamente de los desperfectos de la deflagración y de la mitad de
los costes del procedimiento judicial.
El recorrido judicial del caso no acabó
aquí porque las defensas de las anarquistas recorrieron la sentencia al
Tribunal Supremo. El pasado mes de diciembre este corrigió la sentencia
de la AN agrupando en un único acto los delitos cometidos por las dos y
rebajando la pena de prisión a cuatro años y medio por cada una. Este
hecho se produjo gracias al hecho que el Supremo estimó que los delitos
de daños y lesiones terroristas no se computaran por separado como si
fueran fruto de dos acciones diferentes sino que se interpretaran como
“concurso ideal”, figura penal que se aplica cuando un solo hecho
llevado a cabo por un mismo sujeto constituye dos o más delitos y se
considera todo como una única unidad delictiva. La indemnización por los
desperfectos de la detonación también fue rebajada en 40.000 euros al
considerar el alto tribunal que no había pruebas que los daños se
proyectaron sobre bienes de valor histórico o cultural.
Retorno a la persecución chilena
Mónica y Francisco llegaron a Barcelona
en 2012 procedentes de Chile, después de ser absueltos en un
procedimiento judicial que se denominó Caso Bombas y que llevo a los
encausados a sufrir un continuo hostigamiento policial y mediático. Este
proceso se abrió a raíz de una investigación policial sobre una serie
de atentados reivindicados por grupos anarquistas y llevó entre rejas a
Mónica y Francisco, que cumplieron un año de prisión preventiva.
Las doce personas encausadas por el Caso
Bombas bajo la acusación de haber participado en la colocación de una
treintena de artefactos incendiarios entre los años 2006 y 2009 en Chile
fueron absueltas por carencia de pruebas.
En total fueron doce personas encausadas
bajo la acusación de haber participado en la colocación de una
treintena de artefactos incendiarios entre los años 2006 y 2009 en
Chile. Los ataques tuvieron como objetivo entidades bancarias, sienes,
restaurantes e incluso la Agencia Nacional de Inteligencia, pero todas
las encausadas fueron absueltas al considerar el tribunal que no había
pruebas suficientes contra ellas. El Supremo chileno corroboró la
sentencia y la fiscalía y el Ministerio del Interior chilenos fueron
condenados en costes.
La reacción en Chile no se ha hecho
esperar y el subsecretario de Interior Mahmud Aleuy ha afirmado a la
prensa que “estudiarán las medidas que tomarán”, después de mostrar su
preocupación y de tratar la liberación y regreso de las anarquistas en
el último comité policial del Palacio de la Moneda. En cambio,
colectivos anarquistas del país andino que han llevado a cabo acciones
de apoyo a la pareja durante los últimos años, estarían preparando una
bienvenida a Mónica y Francisco, que una vez en Chile no tendrán ninguna
causa pendiente más que continuar su lucha por la anarquía.
Fuente: Tokata
La noticia en idioma catalá: Directa
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